Tabla Salarial de Oficinas de Farmacia en Galicia 2026 según el BOE

Las oficinas de farmacia de Galicia aplican en 2026 las tablas salariales publicadas en el Boletín Oficial del Estado dentro del XXV Convenio colectivo estatal para oficinas de farmacia. La actualización fue publicada mediante la Resolución de 12 de febrero de 2026 de la Dirección General de Trabajo.

La resolución aprueba los incrementos provisionales “a cuenta del futuro convenio colectivo” para los años 2025 y 2026, aplicables a todas las oficinas de farmacia incluidas en el ámbito estatal. Galicia no dispone actualmente de un convenio autonómico propio que sustituya estas cuantías mínimas.

Incremento salarial aprobado para 2026

El acuerdo publicado en el BOE establece:

  • incremento del 2 % para 2025
  • incremento adicional del 2 % para 2026

sobre las tablas vigentes de 2024.

El texto oficial indica expresamente que estas cuantías tienen carácter:

  • provisional
  • a cuenta del futuro convenio
  • y regularizable cuando se firme el nuevo convenio estatal.

Tabla salarial farmacia Galicia 2026

Técnico/a en Farmacia

ConceptoImporte
Salario base mensual1.507,26 €
Plus nocturnidad/hora1,83 €
Hora extra diurna laborable20,88 €
Hora extra diurna festiva25,94 €
Hora extra nocturna laborable25,94 €
Hora extra nocturna festiva28,59 €

Auxiliar de Farmacia

ConceptoImporte
Salario base mensual1.370,65 €
Plus nocturnidad/hora1,68 €
Hora extra diurna laborable18,92 €
Hora extra diurna festiva23,68 €
Hora extra nocturna laborable23,67 €
Hora extra nocturna festiva26,05 €

¿Qué convenio se aplica en Galicia?

Las farmacias situadas en:

  • A Coruña
  • Lugo
  • Ourense
  • Pontevedra

aplican el convenio estatal de oficinas de farmacia publicado en el BOE.

Esto significa que las tablas salariales mínimas obligatorias para Galicia son exactamente las aprobadas en la resolución estatal de febrero de 2026.


Aspectos importantes del convenio

Además del salario base, el convenio regula:

  • antigüedad
  • pagas extraordinarias
  • jornada anual
  • guardias
  • nocturnidad
  • vacaciones
  • complementos salariales

La cuantía final que percibe cada trabajador puede variar en función de:

  • experiencia
  • pluses voluntarios
  • horarios especiales
  • guardias
  • acuerdos internos de empresa

Fuente oficial

La única fuente oficial válida es el Boletín Oficial del Estado:

BOE – Resolución de 12 de febrero de 2026

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