Circular Colegio de Farmacia

Estimados/as compañeros/as:

Algunos/as compañeros/as nos han preguntado respecto a una circular del Colegio de Farmacia, y nos gustaría aclarar unos puntos de la Orden del 6 de julio del 2011:

En su origen, la ley de la e-receta no dejaba dispensar ni a los técnicos o auxiliares de farmacia. Lo que dice la Orden del 6 de Julio es que reconocen la tales figuras y ya podrían dispensar. Entrando en vigor a partir del día 28 de julio, hasta esa fecha por ley, no podemos dispensar. A partir de esa fecha sí.

Ahora, ¿qué tengo que hacer para poder dispensar? Solicitárselo al titular de la farmacia para que os autorice. A partir del día 28 de julio.

¿Si se niega el titular a autorizarme? Si sois Asociados, poneros en contacto con nosotros.

¿Y cuándo tendré mi tarjeta? Disponemos de un plazo de 1 año para que todos y todas los técnicos/as y auxiliares de farmacia dispongamos de ella. Este paso está todavía esta pendiente de matizar, pero os informaremos puntualmente.

 

Un saludo

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11 respuestas a «Circular Colegio de Farmacia»

  1. Hola, llevo trabajando en una farmacia 8 años y me gustaría saber si tengo derecho alguna acreditación y como se puede conseguir la tarjeta para dispensar en receta electrónica.
    Un saludo

    1. Buenos días Mary. Si te refieres a la placa identificativa, tienes que comprobar tu nómina y comprobar en que grupo te ha incluido. Es decir, si eres Técnico de Farmacia y tu nómina y tu contrato pone categoría Auxiliar, tu placa pondrá Auxiliar. Del mismo modo si se indica Técnico, pide que te pongan Técnico en la placa.
      La tarjeta electrónica, todavía no podemos adelantaros nada. Esperamos poder deciros algo en unas semanas.
      Saludos

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